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Tema cerrado Ley de transito   Pag   < 1 2 RESPONDER

Tony458
26 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Juan Manuel, te pido por favor, que concretamente me digas para resumir y que me entre en mi cabeza de coco:

1- El bote puede sobresalir hasta 70 cm por atrás del auto, si o no?

2- Si no me respondes en concreto el primer punto, te empiezo a hablar de momentos flectores y polietilenos insuflados de reología controlada con cargas axiales.

Abrazo.
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jmbohe
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)

Tony, teóricamente NO, pero vos viste, qué cana o funcionario conoce las leyes? Sólo conocen donde dice "por tal infracción hay que abonar una multa de xxx $$$$".

Por lo demás de la reología de la no se qué cuernos .... que te recontra.

Juan

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eduardo
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Posteado originalmente por jmbohe jmbohe escrito:

Tony, teóricamente NO, pero vos viste, qué cana o funcionario conoce las leyes? Sólo conocen donde dice "por tal infracción hay que abonar una multa de xxx $$$$".

Por lo demás de la reología de la no se qué cuernos .... que te recontra.

Juan



JuanMa, disculpa, me podes explicar porque decis que tecnicamente NO, la 11430 contemplaba que CUALQUIER CARGA INDIVISA pudiese sobresalr hasta 70 cms por la parte trasera del vehiculo, incluso hasta podia sobresalir mas tambien, solo que en ese caso habia OBLIGACION de colocar una bandera acebrada de peligro,.....y ahora que? la 13927 no considera que pueda sobresalir nada?? .....vos lo leiste ese capitulo de la 13927??......

edu
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jmbohe
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)

Edu, la Ley provincial 13927, no hizo más que adherir a la Ley Nacional de TRánsito (N° 24.449  y modificada por Ley Nº 26.363). Cada jurisdicción después reglamenta las Leyes, pero hubo una tendencia desde el 2007 a "estandarizar" la legislación de tránsito a nivel nacional, con una ley a la que adhieren las provincias y después la reglamentan. Al efecto, la Ley Nacional a la que adhiere la 13927, establece que "está prohibido en la vía pública (...) transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos. Y por límites permitidos se entienden LOS PARAGOLPES del vehículo. Si quisieras transportar algo más grande, tendrías que usar remolque.

 

 

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jmbohe
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Aclaro además que, si bien las conozco,  no soy especialista en leyes de tránsito. Pero además, para este tema de los kayaks y de su equipaje en automóviles, solicité por escrito los consejos de la asesoría legal del Automóvil Club Argentino. Abrazos. Juan
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eduardo
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)
JuanMa, prosiguiendo con el tema, entiendo lo de la adhesion a una Ley Nacional de Transito, en este caso la 24.449, para unificar criterios a nivel de todo el territorio Nacional, mas, en este caso, se ha dejado exprofeso (intencionalmente..? ) una brecha, en cuanto a los limites maximos en materia de transporte de cargas indivisas, ya que la ley 11.430 los poseia perfectamente definidos, y ahora han sido deliberadamente omitidos, dando pie esta situacion a que con cada policia que te detenga haya que discutir sobre el tema segun la "buena voluntad" que tenga el mismo en querer comprender la letra ausente de la Ley.

A tal fin, en el Capitulo III, Reglas para vehiculos de Transporte, en su articulo 53, inciso C, se establece que:

Sin perjuicio de un disenio armonico con los fines de esta ley, excepto aquellos a que se refiere el art. 56 en su inciso e) , los vehiculos y su carga no deberan superar las siguientes dimensiones maximas:

1) ANCHO : dos metros con sesenta centimetros (2,60)

2) ALTO : cuatro metros con diez centimetros (4,10)

3) LARGO :  NO CONTIENE INFORMACION

....Siguen mas incisos hasta el Nro 5 inclusive....


Como se puede observar en el punto 3 del Capitulo citado EXISTE UN VACIO LEGAL, en cuanto a la definicion que mas nos interesa en esta tematica, ya que nos deja totalmente huerfanos de derecho legal para pararte a discutir con un representante de la ley, con cierto asidero juridico, para defender tu postura, dicho en otras palabras, estamos a merced de la voluntad que tenga quien o quienes nos detengan para realizar el control correspondiente, o sea que...ESTAMOS EN EL HORNOOOOOO.......como todo lo que se hace en este bendito pais.....y la RPMQLRMP !!!!

saludos,
eduardo


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jmbohe
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)

Edu, de hecho, que diga "está prohibido en la vía pública (...) transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos", también te deja librado a la interpretación de quien te pare, porque quién me puede decir si te perturba la visibilidad (cuál es el límite de la "perturbación????), o que afecta peligrosamente la aerodinamia del vehículo. La Caminera te para adelante de un túnel de viento????!!!!!

Y, la cosa es así, yo entiendo que esta Ley debe seguramente estar cargada de buenas intenciones, pero.....

Juan M

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eduardo
27 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Posteado originalmente por jmbohe jmbohe escrito:

Edu, de hecho, que diga "está prohibido en la vía pública (...) transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos", también te deja librado a la interpretación de quien te pare, porque quién me puede decir si te perturba la visibilidad (cuál es el límite de la "perturbación????), o que afecta peligrosamente la aerodinamia del vehículo. La Caminera te para adelante de un túnel de viento????!!!!!

Y, la cosa es así, yo entiendo que esta Ley debe seguramente estar cargada de buenas intenciones, pero.....

Juan M



Tal cual, JuanMa, tus palabras son exactas desde nuestra vision, pero evidentemente nuestra vision NO ES LA MISMA QUE LA DE LAS AUTORIDADES QUE NOS DETIENEN, sin animo alguno de colaborar con el transporte de "nuestra carga" hasta los puntos de disfrute, y para corroborar lo dicho, voy a hacer mencion al titulo de un posteo que hay en otro foro respecto de esta situacion, donde dieron en llamar al mismo "Cardumenes de kayaks en las rutas, trasmallos policiales" por dar asi una denominacion a la "Caza indiscriminada de kayaks sobre los portaequipajes" que salio a realizar la policia de la Pcia de Bs As en casi todas las rutas que conducen a las playas de nuestra costa....evidentemente las "buenas intenciones" por parte de dicho personal NO EXISTEN y tampoco fue casualidad que el dia del almuerzo en el Belgrano hayan parado a todos los muchachos que tomaron por la bajada de Libertador y Gral Paz, bajada por la que personalmente hace casi dos anios que bajo y jamas me habian detenido.....

JuanMa, esto es similar a lo de los paseaperros, cuando descubrieron que habia miles y que haciendolos registrar eran materia de "FUENTES DE INGRESO" reglamentaron la actividad para que sea obligatorio que los mismos esten controlados, ...lo mismo nos pasa en este momento con los kayaks, las autoridades no estan al margen de la expansion que esta teniendo la actividad, y por ende, cuando husmearon que deteniendonos en las rutas pasamos a ser un "BUEN NEGOCIO" para sus fines recaudatorios, es que pasamos a ser los chivos expiatorios de esta falta de regulacion clara que presenta hoy por hoy la ley escrita,....otro motivo mas que fomenta la URGENTE CREACION DE LA AAPK, para que con Personeria Juridica se pueda exigir una claridad mas acorde a la situacion en la ley, u no dejar librado al estado de animo del poli que nos detenga en la ruta,  porque ya sabemos que en esa NO VAMOS A GANAR NUNCA....

Parece una bolu dez pero realmente NO LA ES, ya que segun la interpretacion que se le queira dar a la falta de  visibilidad o a la reduccion de la AERODINAMIA que puede sufrir el vehiculo, la autoridad pertinente hasta puede ordenar el impedimento a circular del vehiculo y por ende quedar retenido en el puesto policial, hasta dar solucion al tema, que a los ojos del personal interviniente, impide la continuidad de nuestro viaje......NO ES NINGUNA PAVADA EL TEMA......y lamentablemente en esta temporada veraniega va a ocasionar multiples inconvenientes a quienes transportemos nuestrso kayaks por las rutas, con destino a lugares de esparcimiento o vacaciones........

UNA CAGADA TOTAL,......y como siempre somos el pato de la boda.......  


un abrazo, eduardo  
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jmbohe
28 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Y Edu, lo que se me ocurre es ir con los textos de las leyes y reglamentaciones en la guantera, y cuando nos paren, exhibirlas y preguntar qué es lo que se está infringiendo y que nos demuestren que se cumplen los extremos de las mismas. Si no, te paran y te empoman, para decirlo con una metáfora (podría haber dicho te empernan pero esa se la dejo a Sury ). Juan
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Tony458
28 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Estimados caballeros... estamos en el horno. Vamos a ver que le contestan a Juan, desde el Automóvil Club.

Abrazo.
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jmbohe
28 Dic 2009   Gracias (0) (0)
No Tony, YA me contestaron y por eso posteé lo que posteé. La consulta la hice para estar seguro y no quedar en el aire, pero la había hecho para la ida a Marisol. Abrazos. Juan
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Tony458
28 Dic 2009   Gracias (0) (0)
Glup
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