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Tema cerrado VEDA DEL DORADO 1/10/2010 al 15/01/2011   Pag   < 1 2 3 RESPONDER

eduardo
03 Nov 2010   Gracias (0) (0)
JMBJMB , NEO865 (Carlos)

El foro no tiene la menor intencion ni pretende imponer a la vida de nadie lo que tiene que hacer, siendo todos mayores de edad, cada uno es responsable de sus actos y se hace cargo de los mismos. Quien desee ir a pescar dorados y devolverlos todos, puede hacerlo, nadie desde aqui va a cuestionar tal actitud, lo unico que desde aqui se coarta es la posibilidad de difundir las imagenes de dichas capturas, ya que ello implica para el foro asumir la responsabilidad de hacer apologia de una contravencion a la ley vigente. Creo que los dardos estan mal apuntados cuestionando la postura del foro en ese sentido, ya que lo que el foro esta haciendo es cumplir con la ley, lejos de cuestionar si ésta esta bien o mal redactada.
Lo que el foro supedita, mas alla de que pueda estar de acuerdo o no en que una ley esté mal redactada, es a exigir el cumplimiento de la misma, en línea con la defensa de sus propios intereses, ya que de ser pasible de algun tipo de sancion, ya sea economica o del tipo que fuere, por aplicacion de una contravencion sobre el no cumplimiento de una ley o por hacer apologia de un hecho prohibido por la ley, lo deberan afrontar unicamente sus responsables y no los foristas que pudieron dar lugar a la misma. 
En lo personal pienso que desde el periodo de veda del año pasado transcurrió un lapso de tiempo de varios meses, sin que nadie se haya ocupado de llevar a cabo acciones tendientes a que el Organismo Gubernamental correspondiente de aplicación, en este caso el Ministerio de Asuntos Agrarios, lleve a cabo la modificacion de la ley, a traves de su articulo mal concebido en su redacción, para que, llegado este momento del comienzo de un nuevo periodo de veda, no solo el foro, sino tambien los pescadores deportivos todos, no se vean afectados por la erronea interpretacion de la ley que nos ocupa.
Ahora que está candente el tema estimo que seria un buen momento para que alguno dé los pasos iniciales en elaborar un petitorio dirigido al Secretario de Asuntos Agrarios, juntar las firmas suficientes, y tratar de que se revierta antes del próximo período de veda, en favor de una ley mas clara y comprensible acerca de la pesca de dorados en epoca de veda.
Dejo la moción y veria con mucho agrado que alguien se haga cargo de la misma, la primer firma va a ser la mia...  

eduardo
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Niko
11 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Hola a todos!
Aporto mi punto de vista al respecto.

Creo que nos enfocamos demasiado o gastamos mucha energia en la ley, y no
pensamos en el porque de esa ley.
La epoca de veda rige en este período porque es el momento en el que el pez se
reproduce, por lo tanto si pescamos una hembra adulta y no la devolvemos no
estamos matando un pez sino la posibilidad de miles de peces futuros.
La veda termina cuando se supone que los dorados ya pusieron sus huevos.

La ley que prohibe toda pesca de dorado, esta mas centrada en las lanchas que
salen a pescar especies determiandas con guias y turistas, que para un pescador
ocasional.
Es decir ellos pueden y deben no hacer salidas al dorado, de hecho en corrientes
durante la veda no puede salir ninguna lancha de pesca.

Si vamos a lo que nos toca a nosotros pescadores ocasionales y de Bs AS mas que
nada. Dificil pesquemos un dorado mayor a 60cm. los que salen son doradillos.
Esos estan prohibidos SIEMPRE todos los DIAS del AÑO. O sea tooodas las fotos de
doradillos de concordia, chau, cualquier foto de un dorado menor a 60cm estaría
fuera de lugar con el mismo criterio de el foro que antes mencionan.

Para mi lo mas importante es entender que un dorado que mide menos de 60cm nunca
puso huevos por lo tanto nunca dejo descendencia. Por eso la veda es total para
un ejemplar juvenil, porque se espera que se sacrifique un ejemplar que en su
vida al menos haya dejado descendencia una vez.

Esta igual de mal pescar un doradillo ahora que en cualquier otra epoca de el
año, y peor aun sacrificarlo.

Pero digo esto no es para juzgar ni nada, si no para entender porque deberiamos
seguir esta ley, no solo por que hay que hacer lo que dice la ley, sino pensar o
razonar el porque de la cuestion.

Saludos.
Nico.

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eduardo
11 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Hola Niko,

tu punto de vista, tu objetividad y tu análisis respecto a la ley y al motivo que da lugar a que la misma exista (reproducción de la especie) es simplemente una correcta apreciación y asimismo lo redactaste de una manera pulcra y entendible hasta por mi nieta de 7 años, CONCUERDO con vos en todo, EXCEPTO cuando mencionas lo siguiente:

" Si vamos a lo que nos toca a nosotros pescadores ocasionales y de Bs AS mas que
nada. Dificil pesquemos un dorado mayor a 60cm. los que salen son doradillos.
Esos estan prohibidos SIEMPRE todos los DIAS del AÑO. O sea tooodas las fotos de
doradillos de concordia, chau, cualquier foto de un dorado menor a 60cm estaría
fuera de lugar con el mismo criterio de el foro que antes mencionan "


Alli discrepo con tu valimiento de que los doradillos están PROHIBIDOS SIEMPRE todos los dias del año, por cuanto no es asi Niko, no hay ninguna ley, decreto u ordenanza que asi lo determine, y resulta una contradicción en si misma, ya que de ser asi no existiria la Reglamentacion que un pescador deportivo solo puede sacrificar hasta 2 ejemplares por dia, siempre que sea mayor a 60 cms de longitud, y sea obligatorio devolver todo ejemplar menor a dicho tamaño. Desde la interpretacion de la frase anterior queda sobreentendido que si hay obligatoriedad de devolverlo, es porque previamente se autorizó a poder pescarlo,...y de hecho asi ocurre en la realidad, por tal razón las fotos de los doradillos obtenidos en Concordia no estuvieron fuera de ningun contexto legal, insisto en que fuera de la época de reproducción (o Veda) no existen prohibiciones de ningun tipo en la extraccion de dorados por su tamaño, lo que si existe es la DEVOLUCION OBLIGATORIA DE TODO EJEMPLAR que no tenga la medida minima, Y DE LOS EJEMPLARES EXCEDENTES DEL CUPO por pescador y por dia, tengan estos el tamaño que fuere.

Saludos cordiales
eduardo
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Niko
11 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Eduardo, si tenes razón no hay ninguna ley que diga eso.

Mi razonamiento es el siguiente, si entendemos que un pez superior a 60 cms como
un dorado adulto, y que a un pez se lo considera adulto cuando se convierte en
un pez sexualmente activo, entiendo porque se prohibe su captura en época de
reproducción, para no afectar ese proceso, para no terminar con una hembra llena
de miles de huevos arriba de el bote.

Ahora un juvenil que no es sexualmente activo, la época de reproducción no le
significa ningún cambio importante a cualquier otro período. Las hembras
juveniles no van a tener huevos en su interior y los machos juveniles no van a
cortejar a ninguna hembra.

Por lo tanto pescar doradillos en época reproductiva o no, no debería en la
practica (no en la ley) tener alguna diferencia.
Ademas Bs. AS. no es una zona reproductiva, por lo menos hasta donde yo tengo
conocimiento el dorado remonta los grandes ríos para poner sus huevos en zonas
mas cálidas.


Ahora calculo yo (por mi experiencia personal y un poco de sentido común pero
nada cientifico) que la tasa de devolución y supervivencia de un doradillo de un
pescador cuidadoso (lease nosotros) no debe superar el 70%.

De cada 10 que pescamos, seguramente uno se trago el anzuelo o se daño de tal
manera que sea imposible devolverlo.
De cada 10, seguro que uno presenta un pinchazo profundo o un manoseo inadecuado
que le produzca mas tarde una infección importante.
De cada 10, seguro que uno al menos presenta ahogamiento (por recogerlo
demasiado rápido), o abatimiento (por dejarlo pelear demasiado tiempo y traerlo
exausto ) o simplemente stress a tal punto que tenga muy pocas posibilidades de
sobrevivir.

No es del todo correcto pensar que si el pez salio nadando cuando lo devolvimos
ya esta ese pez sigue su vida como si nada hubiera pasado.

Y estamos hablando de peces que no tuvieron oportunidad de dejar decendencia.

A que voy? A que no deberíamos intentar pescar doradillos ni en época de veda ni
en otra, sobretodo en Bs As. donde en este momento o año particular abundan por
sobre los adultos o incluso cualquier otra especie.

Entonces, no esta bien pescarlos, NUNCA.

Que podamos evitarlo o no, esta en cada uno. Como sabes o saben tengo 2
doradillos en mi estanque, y me fui a Concordia después de ver la buena pesca de
doradillos que se mandaron en la salida, así que se que es muy difícil evitar
eso. Mas para nosotros de Bs As que muchas veces la posibilidad de pescar un
dorado significaba irse a Corrientes mil kilometros para arriba y gastarse un
dineral, hoy están por todos lados, hay mas dorados que mojarras.

Igualmente si hubiera querido pescar doradillos en serio ya habría sacado miles,
pero trato de contener el afán por pescarlos y buscar otras especies.

Cuanto mas podamos controlarnos nosotros mismos de pescar doradillos, en
cualqueir epoca, va a ser mejor para el futuro de la pesca de esta especie.

Entonces resumiendo:
Estoy de acuerdo con la ley 100%
Pero ademas considero que fuera de esa época deberíamos evitar pescarlos
también. Por lo menos no buscarlos.
Aliento a un aprendizaje de el cuidado y devolución de el pez para su que pueda
tener un retorno exitoso con altas posibilidades de sobrevivir.

Abrazo grande.

Saludos.
Nico.




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nemo
11 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Niko:
Tu posteo tiene una logica impecable.
Sin embargo(de coté) nos lleva a un callejon sin salida:
Toda pesca deportiva implica la muerte o el daño irreversible del pez.
Todos los señuelos son atacados por los predadores,aun en epoca de pesca
autorizada,clavaran juveniles todo el año,sean dorados o tarariras.
Entonces: Chau spinning!
Con lineas de fondo clavan muchos,los bagres que todo el mundo devuelve...
A flote el prohibido pacú...
Los bocones no tienen dientes,atrapan por aspiracion de la presa por lo que suelen tragar el anzuelo bien profundo..malas noticias para la devolucion!
Es un dilema.
Abrazo.
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Niko
12 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Nemo y si, un poco es un callejon sin salida. Los que no le damos salida somos
nosotros igual.
Primero no considero la pesca deportiva como tal, sino como un vicio. En mi caso
lo considero asi, perdon si alguno se siente ofendido, pero lo de deporte lo
dejo para otras destrezas, en todo caso puede ser deportivo a nivel competencia
entre pescadores pero nunca pez-hombre.
Aun asi me encanta pescar!!!. de hecho es la unica actividad que no me aburre
nunca. Hay noches previas a alguna salida que incluso no duermo de el entusiasmo
que me produce el pensar en lo que puedo llegar a pescar al día siguiente, etc.
Pero supongo que le pasará algo similar al que va a las carreras de caballos o a
los fichines de un casino.
Igualmente no lo pongo en la misma categoría que un vicio común o peor una
adicción al juego. Ya que la pesca tiene un montón de cosas positivas, de
aprendizaje , de conservación aunque suene contradictorio y ni hablar de hacer
amigos, conocer lugares y desarrollar diferentes destrezas.

Hay especies que están amenazadas y otras no. Para las que no están amenazadas
no tengo ningún comentario, el que se lo lleva para la olla me parece perfecto,
incluso mejor que devolverlo, porque por lo menos le damos una finalidad a esa
actividad. Una finalidad ancestral y natural de el hombre/animal.

Las que están amenazadas como el dorado, , tratemos lo menos posible de
joderlos. Igualmente hoy intentas pescar una mojarra y terminas pescando un
doradillo, esta muy raro el río en estas zonas pero no quiere decir que hay
abundancia de la especie. Es un fenómeno particular, para mi debido a las
inundaciones de el verano pasado en el litoral y gran Bs AS, sumado a la
extensión del verano en otoño casi invierno. Mi sensación es que los peces nunca
migraron. Por eso tenemos doradillos en octubre noviembre cuando antes nunca
llegaban antes de enero. (quizá este equivocado pero es lo que recuerdo).

En fin, esta actividad difícil represente algo positivo para los peces.
Unicamente si los pescamos para marcarlos y llevar algún tipo de control
científico jej.

Hola mi nombre es Nico y soy adicto a la pesca...

Abrazo.
Saludos.
Nico.




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eduardo
12 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Es siempre una satisfacción encontrar en el foro una lectura de este nivel, ya que, más allá de coincidencias o discrepancias, el nivel de conceptos expuesto redime de la conciencia toda inquietud no resuelta acerca de la practica de la actividad.
Es muy positivo que este tipo de conocimientos sea volcado con un significado del cambio educativo que las generaciones venideras deberan asumir, para mantener un verdadero respeto al medio ambiente y a las especies en peligro de extincion.
Gracias Niko y Nemo por sus valiosos aportes en este sentido.

saludos
eduardo
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mordelon
19 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Hola como aporte solamente creo que las aguas del  Rio de la plata son de jurisdiccion nacional ( leer  el tratado del rio de la plata y su frente maritimo  ) por lo tanto no son alcanzadas por leyes provinciales en este caso Provincia de buenos aires.
Igualmente mas alla de que las leyes tengan jurisdiccion o no es importante ser prudentes en la pesca, sacar las trabas en los anzuelos y los triples en los señuelos y no estar posando para la foto mas tiempo de lo debido, ese es el el pequeño aporte que podemos hacer los pescadores porque ya sabemos que los comerciales van hacer lo que quieran ya que no hay ningun control, y ese es el gran problema. Un saludo
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eduardo
21 Nov 2010   Gracias (0) (0)
Mordelon,

de la profunda investigación de antecedentes que he realizado sobre el dominio y la jurisdicción sobre el Rio de la Plata, para tratar de dilucidar esta inquietud que nos influencia bien de cerca, estoy en condiciones de asentir que tu afirmación no es correcta, ya que el Tratado del Rio de la Plata y su Frente Maritimo es de aplicación, unicamente en lo que respecta al solo efecto de la división de las aguas y a las situaciones derivadas de la fijación de limites internacionales con la Republica Oriental del Uruguay, ya que el Rio de la Plata es un curso de agua de dominio compartido y ademas navegable.

La navegabilidad hace que la jurisdicción del mismo, en este punto, pertenezca a la Nacion, ya que cumple una funcion federal, pero en lo que hace al dominio sobre el Rio de la Plata, el mismo esta ejercido en modo compartido por varias Provincias (Argentinas y Uruguayas), en total 6 y entre ellas una es la Provincia de Buenos Aires, como asimismo por la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, quien tambien tiene sus limites sobre el mencionado rio.

Ante esto y de acuerdo a lo estipulado en el Tratado del Rio de la Plata y su Frente Maritimo, estamos frente a un tipico caso de limites multiples. Esto significa que no se reconoce un solo límite sobre el mismo, sino que, según la materia que se considere, los límites de la República sobre el río son distintos, y por ende las Provincias que acceden al rio son corribereñas y constituyen en el area de su jurisdicción, bienes de su dominio publico. Dicho en otros terminos, el dominio de los ríos pertenece a las provincias en donde se encuentran, sean éstos navegables o no navegables, provinciales o interprovinciales.

Esto se fundamenta en el Art. 2340 incisos 3° y 4° del Código Civil, al establecer que los ríos, sus cauces y las riberas internas de los mismos, entendiéndose por tales la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las crecidas medias ordinarias, quedan comprendidos entre los bienes públicos. Finalmente y para redondear, el tema sobre el Rio de la Plata no deja de tener cierta complejidad, por el hecho de que cuenta con un Tratado Internacional, pero ello es a otros efectos, que tienen que ver con situaciones juridicas con un pais vecino y no con problematicas internas. No obstante lo expuesto sigo estudiando el tema…

eduardo

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olloniego
22 Nov 2010   Gracias (0) (0)
[QUOTE=eduardo]

Mordelon, de la profunda investigación de antecedentes que he realizado sobre el
dominio y la jurisdicción sobre el Rio de la Plata, para tratar de dilucidar
esta inquietud que nos influencia bien de cerca, estoy en condiciones de asentir
que tu afirmación no es correcta, ya que el Tratado del Rio de la Plata y su
Frente Maritimo es de aplicación, unicamente en lo que respecta al solo efecto
de la división de las aguas y a las situaciones derivadas de la fijación de
limites internacionales con la Republica Oriental del Uruguay, ya que el Rio de la Plata
es un curso de agua de dominio compartido y ademas navegable. La navegabilidad
hace que la jurisdicción del mismo, en este punto, pertenezca a la Nacion, ya
que cumple una funcion federal, pero en lo que hace al dominio sobre el Rio de
la Plata, el mismo esta ejercido en modo compartido por varias Provincias (Argentinas y Uruguayas) , en
total 6 y entre ellas una es la Provincia de Buenos Aires, como asimismo por la
Ciudad Autonoma de Buenos Aires, quien tambien tiene sus limites sobre el
mencionado rio. Ante esto y de acuerdo a lo estipulado en el Tratado del Rio de
la Plata y su Frente Maritimo, estamos frente a un tipico caso de limites
multiples. Esto significa que no se reconoce un solo límite sobre el mismo, sino
que, según la materia que se considere, los límites de la República sobre el río
son distintos, y por ende las Provincias que acceden al rio son corribereñas y
constituyen en el area de su jurisdicción, bienes de su dominio publico. Dicho
en otros terminos, el dominio de los ríos pertenece a las provincias en donde se
encuentran, sean éstos navegables o no navegables, provinciales o
interprovinciales. Esto se fundamenta en el Art. 2340 incisos 3° y 4° del Código
Civil, al establecer que los ríos, sus cauces y las riberas internas de los
mismos, entendiéndose por tales la extensión de tierra que las aguas bañan o
desocupan durante las crecidas medias ordinarias, quedan comprendidos entre los
bienes públicos. Finalmente y para redondear, el tema sobre el Rio de la Plata
no deja de tener cierta complejidad, por el hecho de que cuenta con un Tratado
Internacional, pero ello es a otros efectos, que tienen que ver con situaciones
juridicas con un pais vecino y no con problematicas internas. No obstante lo
expuesto sigo estudiando el tema…eduardo

[/QUOTE

Chupate esa mandarina
Y Yo QUE PENSABA QUE ESTABA EN UN FORO DE KAYAQUISTAS Y PESCADORES

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juanchus
14 Ene 2011   Gracias (0) (0)
El domingo (o mañana, segun como se interprete) termina la veda!!!
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