EL kayak, por su valor, es lo que legalemte se llama "bien no registrable", lo que implica que no necesita título ni nada que acredite su propiedad. En la práctica, el que lo tiene es el dueño, y no necesita probarlo, salvo claro está, si te acusan de haberlo afanado, en cuyo caso cada uno deberá aportar pruebas.
Hacé un recibo, por duplicado, con las características del kayak, Marca, modelo, color y número ( lo tiene grabado en la popa ) el monto que se abona y los nombres y documentos de ambos. Eso sería más que suficiente legalmente y como para que ambos se queden tranquilos.
Saludos ! Dany