HOLA , YO ESTUBE EN LA LAGUNA DE LOS PADRES UNA SEMANITA ANTES QUE VOS CON MI K1, ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDA BAJAR CUALQUIER TIPO DE EMBARCACION EN ESA LAGUANA , SALVO EN DOS CAMPING QUE TIENEN AUORIZACION, UNO ES EL CRIM AL QUE YO FUI Y ME COBRARAON ENTRADA PERO NINGUN RECARGO POR EL K1 , EL OTRO NO SE EL NOMBRE PERO ES UNO CON UN MUELLE GRANDE QUE ALQUILA UNA COSA RARA QUE SON DOS CANOS CANADIENSES SOLDADAS CON UNO CAÑOS.
LO QUE TE COBRO EL SEÑOR GUARDAPARQUE FUE EN CONCEPTO DE COIMA. ASI DEBERIA DECIR EL RECIBO.
EL CRIM ESTA MUY BUENO .
SALUDOS
DANY
Estimados, sería necesario clarificar algunos conceptos.
En primer lugar y tal como lo marca nuestra Constitución Nacional en el Art 14: " Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: (...) de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino (...)".
Este es el DERECHO DE LOCOMOCION.
DERECHO A ENTRAR: limitado en cto a los q qieren entrar, por ejemplo las restricciones a los extranjeros.
A PERMANECER: si se ingreso LEGALMENTE excepciones: ley 22.439 extranjero q ingreso legalmente pero que NO es util a la sociedad puede ser expulsado (si comete delitos)
A TRANSITAR: circular libremente dentro del territorio… cambiar de domicilio…
A SALIR DEL TERRIT ARG: permitirte salir y que no se impongan condiciones irrisorias q no permitan la salida
En su oportunidad se pretendía la justificación con este artículo de la insconstitucionalidad de los peajes, pero ese no es el tema que nos ocupa.
Ahora bien, en virtud de ello, y salvo como dijeron muchos que, estemos en un camping, club, etc, etc, que tenga algún servicio especial (bajada con rampa, etc, etc) y por eso nos quieran cobrar algún $, en los demás, no hay que pagar nada y no solamente eso, sino que hay que realizar las denuncias correspondientes.
Si en una laguna existe una prohibición total para que entren embarcaciones por alguna disposición o resolución municipal, provincial, etc ("leyes que reglamenten su ejercicio") ahí directamente no se puede entrar y no hay cometa que valga.
Así también, la municipalidad de la costa sacó ciertas resoluciones en donde u ordenanzas en donde determina los lugares indicados para bajada de embarcaciones como lanchas, jet sky, venta de pescado, vehículos de alquiler etc; pero sólo determina zonas y no aranceles (quieren ver más vayan a este link http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:KEJKt6tBd0MJ:www.costa.mun.gba.gov.ar/nautica.htm+prohibicion+bajada+embarcaciones&cd=6&hl=es&ct=clnk&gl=ar).
En suma, lo que no está expresamente prohibido esta permitido.
Por otro lado, también en Gesell, me contaba Pinchale que le querían prohibir la entrada en kayak en la bajada náutica porque era para "pescadores artesanales" y nosotros que somos??? "pescadores profesionales".
No permitamos que nos quieran pasar por arriba, porque con ese criterio voy a tener que pagar entrada al mar cuando le compre una tabla de Telgopor.
Saludos a todos, y espero que les sirva de algo.
FISI